4. Residir en un lugar
Para quien viva en un lugar el ayuno es obligatorio, por ejemplo, en el mes de ramadán, pero no es obligatorio para quien está de viaje, igual debe reponer los días no ayunados durante el viaje posteriormente.
5. Tener la capacidad de ayunar
El ayuno sólo es obligatorio para quien esté en la capacidad de realizarlo, por ello la persona que está enferma no tiene que hacerlo, pero si debe reponerlo posteriormente o pagarlo.
6. No estar menstruando
Para que la mujer pueda realizar su ayuno obligatorio o voluntario debe haber terminado completamente su menstruación, y si ayuna durante este estado, su ayuno no es válido y debe repetirlo posteriormente, en el caso de que sea un ayuno obligatorio.
7. La intención de ayunar
No es válido el ayuno obligatorio o voluntario sin tener previamente la intención de realizarlo; la intención debe presentarse el día previo al ayuno. Sobre la relación entre la intención y las obras, el Profeta Muhammad -La Paz y las bendiciones de Dios sean con él- dijo:
“Sin duda, las acciones son válidas según sus intenciones”.
Y sobre la necesidad de tener la intención de ayunar el Profeta dijo:
“Quien no tenga la intención de ayunar desde la noche previa a la oración del amanecer (Fajr), no se valdrá como ayuno”.
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